A- de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Procuradora General De La Nacion (E) Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Definición
- Elementos
- Línea jurisprudencial reiterada que emplea la misma ratio decidendi para resolver problemas jurídicos similares
- Noción
- Presupuestos materiales
- Procedencia excepcional
- Legitimación por activa
- Cumplimiento de condiciones genéricas
- Requisitos de procedencia
- Rechazar petición de nulidad de Procuradora General de la Nación (E) de sentencia T-276/12 por pretender reabrir debate probatorio
- Fijación de una regla para resolver controversia
- Intervención subjetiva y objetiva
- Legitimidad para intervenir ante autoridades judiciales y solicitar nulidad de sentencias de revisión de la Corte Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la sentencia T-276/12.
Luego de analizar detenidamente las solicitudes de nulidad impetradas, encontró la Sala en el caso del ciudadano recurrente, que no era procedente resolver el recurso, toda vez que éste no tenía legitimación para presentarlo y además lo hizo de manera extemporánea.
Respecto a la solicitud de nulidad presentada por la señora Procuradora, concluyó la Sala que el recurso no estaba llamado a prosperar, toda vez que no se logró demostrar que en la sentencia T-276/12se hubiera incurrido en alguna de las causales que ha decantado la jurisprudencia constitucional para poder, excepcionalmente, declarar la nulidad de un fallo de revisión de tutela, como tampoco se demostró que incurrió en cualquier otra grave y ostensible violación del debido proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR las peticiones de nulidad de la sentencia T-276 de 2012, formuladas por Marta Isabel Castaneda Curvelo, Procuradora General de la Nacion (E), y el ciudadano Hernando Salcedo Tamayo.
- SEGUNDO. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.